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Se modifica Decreto Unificado 1074 de 2015 en lo referente a los sitios de internet para la venta o martillo electrónico de bienes

El pasado 23 de septiembre, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió el Decreto 1133 de 2021 “Por el cual se modifica parcialmente el capítulo 4 del Título 2 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en lo referente a los sitios de internet para la venta o martillo electrónico de bienes, de que trata la ley 1676 de 2013 y se dictan otras disposiciones”
El Decreto establece modifica los principios de acceso, profesionalización, transparencia que deben cumplir los sitios de internet para la venta o martillo electrónico. Igualmente indica que i) la Superfinanciera y Superindustria deberán supervisar el cumplimiento de los respectivos principios, según el ámbito de sus competencias, ii) define las tarifas de los sitios de internet para la venta o martillo electrónico de bienes y iii) modifica el procedimiento que se debe seguir cuando se da la enajenación fallida.

Rojas Conde & Cardenas

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24 de septiembre de 2021