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Corte Suprema de Justicia señala que es posible que una persona reciba una pensión de invalidez de origen laboral y al mismo tiempo una de vejez.

En sentencia SL3869-2021, con ponencia de la Magistrada Clara Cecilia Dueñas Quevedo de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, se determinó que que es posible que una persona reciba una pensión de invalidez de origen laboral y al mismo tiempo una de vejez, toda vez, que las dos prestaciones no son incompatibles, ya que protegen riesgos distintos, su financiación es diferente, así como su reglamentación.

De este modo, las dos pensiones se pueden reconocer simultáneamente, es decir, a una persona se le puede hacer el reconocimiento de la pensión de invalidez y posteriormente la de vejez, sin que se le tenga que quitar la primera prestación.

Finalmente, es preciso señalar que frente a los saldos que se cotizaron para la vejez de una persona que se pensiona por invalidez, no se puede imponer su devolución pues esto es una opción para ella, de continuar o no con las cotizaciones correspondientes.

Rojas Conde & Cardenas

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11 de noviembre de 2021