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CORTE CONSTITUCIONAL DECLARA INEXEQUIBILIDAD DE PRISIÓN PERPETUA A VIOLADORES Y ASESINOS DE NIÑOS

El pasado 22 de julio del 2020, el presidente Iván Duque promulgó el acto legislativo que reformaba la Constitución Política y permitía condenar a cadena perpetua a violadores y asesinos de niños.

La Corte Constitucional emite comunicado dando a conocer a la opinión pública, que declara la inexequibilidad de este acto legislativo (01 de 2020) por varias razones entre las cuales encontramos:

«Acoger una sanción como la prisión perpetua configura un retroceso en materia de humanización de las penas, en la política criminal y en la garantía de resocialización de las personas condenadas. Esa fue una de las razones principales que llevaron a la Corte Constitucional a declarar la inexequibilidad del Acto Legislativo 01 de 2020, por medio del cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política, suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua y estableciendo la prisión perpetua revisable»
Por otra parte sostuvo la Corte que » Con sustento todas estas razones, la Sala Plena de la Corte Constitucional concluyó que el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución Política, pues afectó un eje definitorio de la Carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución»

C-294, 02/09/2021.
Para mayor información
https://www.ambitojuridico.com/noticias/penal/corte-constitucional-revela-las-razones-de-la-inexequibilidad-de-la-prision-perpetua

Rojas Conde & Cardenas

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6 de septiembre de 2021