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Aprobado en segundo debate en el Senado de la República proyecto de acto legislativo que busca que el agua sea un derecho fundamental

En segundo debate en el senado fue aprobado el proyecto de acto legislativo N.º 06 de 2021, el cual busca incluir el artículo 11- A dentro del Capítulo I del Titulo II de la Constitución Política, con el siguiente texto:

Artículo 11 A. Todas las personas tienen derecho al acceso al agua potable, de acuerdo con los principios de accesibilidad, calidad y disponibilidad, progresividad y universalidad. Su uso prioritario es el consumo humano, para lo cual el Estado garantizará el mínimo vital de agua potable, así como la conservación, protección y uso eficiente del recurso hídrico conforme al principio de participación en materia ambiental.

Parágrafo. El Gobierno Nacional en el término que establezca la ley, creará y ejecutará en coordinación con las entidades territoriales, las estrategias de conservación que garanticen la protección del recurso hídrico y de los ecosistemas.

De este modo, el acto legislativo pasará por la Cámara de Representantes para tener su tercer y cuarto debate, los cuales deberán realizarse antes de mediados de diciembre (16 del próximo mes), pues es el fin de la legislatura ordinaria.

Es importante señalar que de acuerdo con el proyecto de acto legislativo el recurso hídrico en el mundo se encuentra que el 97.5% del agua en el mundo es salada. El 2.5% corresponde a agua dulce. De este porcentaje, el 79% se encuentra en estado sólido. Del agua dulce en estado líquido del planeta, el 20% se encuentra en acuíferos de difícil acceso, y solo el 1% del agua dulce en el mundo se encuentra en forma de arroyos y ríos. Por otro lado, en los estudios sobre los balances hídricos del planeta, realizados por el Instituto Geológico y Minero de los EU, solamente el 0.007% de las aguas dulces se encuentran realmente disponibles a todos los usos humanos directos. De este pequeño porcentaje dependen procesos naturales y sociales vitales para la subsistencia del ser humano. La incertidumbre sobre el acceso al recurso hídrico de las generaciones presentes y futuras para su consumo, uso doméstico y agrícola son una realidad a nivel nacional; por ello el Estado debe tomar las medidas preventivas para evitar tanto el desabastecimiento como la contaminación del agua y lograr su conservación y su sostenibilidad, teniendo en cuenta que todos los seres vivientes y la misma existencia del planeta dependen del agua.

De este modo, se debe garantizar la protección del agua y de ser aprobado el proyecto, el Gobierno Nacional deberá diseñar una política pública para mitigar el impacto en las fuentes hídricas del país.

Rojas Conde & Cardenas

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4 de noviembre de 2021